El Ayuntamiento requiere de su colaboración para evitar peligros en la vía pública de nuestro municipio.

Cuando llega la temporada, se produce la caída de las hojas y los frutos de los árboles por lo que, nos vemos en la obligación de aunar esfuerzos para conseguir entre todos mantener limpias y seguras las zonas de acceso peatonal por le peligro que conlleva de caídas y resbalones de los viandantes.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 167.1 b) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura, (LOTUS) (DOE» núm. 250, de 27/12/2018), las personas propietarias y titulares de derechos de uso de toda clase de terrenos, instalaciones, construcciones y edificaciones, cualquiera que sea la situación en la que se encuentren, deberán conservarlos en las condiciones legales de seguridad, salubridad, accesibilidad universal, ornato y las demás legalmente exigibles para servir de soporte a dichos usos, salvo que por incumplimiento de este deber haya sobrevenido la ruina.

En aplicación de esta normativa, esta Alcaldía, DISPONE:

Poner en conocimiento de todos los titulares de parcelas, solares, patios,… que deberán proceder antes del 20 de junio de 2026 al corte de las ramas que sobrepasen los linderos de su propiedad a fin de dejar los mismos en adecuadas condiciones de seguridad, salubridad y ornato, tal y como exige el artículo 167.1 b) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.

Advirtiéndole de que el incumplimiento de la presente orden facultará al Ayuntamiento para realizar de forma subsidiaria las actuaciones necesarias, repercutiendo íntegramente su coste a los obligados, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder.

En Valle de Santa Ana a 01 de junio de 2026